¿Cómo comunicar una incidencia con mi expediente de extranjería?

Son un dolor de cabeza y ocurren más a menudo de lo que cualquiera podría pensar: las incidencias durante la tramitación de los expedientes de extranjería pueden aparecer cuando menos se esperan y generan angustia entre los interesados.

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Cuando una persona realiza una solicitud de este tipo debe tener claro que el expediente pasará por varias fases. De forma general serán las siguientes: presentación, admisión/inadmisión a trámite, estudio del expediente, y resolución. Sin embargo, estas fases pueden variar según cada caso.

Es probable que una de las fases sea “requerido”, lo cual quiere decir que durante el estudio de la solicitud, los funcionarios han visto que falta algo en el expediente, o han comprobado alguna circunstancia que imposibilita resolver el expediente, como por ejemplo la existencia de antecedentes policiales, multas o impuestos impagados por parte del empleador o trabajador, entre otros.

Lo lógico es que llegue una carta con la resolución al domicilio a efecto de notificaciones del interesado, en la que explican detalladamente los motivos de dicho requerimiento o denegación. El problema es que en la práctica esta carta suele tardar mucho en llegar, y los plazos para responder los requerimientos se agotan. Es entonces cuando surge la pregunta: ¿Cómo puedo comunicarme con la oficina de extranjeros para resolver este problema?

Lo que se debe hacer es enviar una consulta comunicando lo que ocurre y solicitando un duplicado de dicha resolución para poder conocer los motivos del requerimiento/denegación de la solicitud, para ello está disponible del buzón incidencias Extranjería/Consultas Oficinas Consultas dirigidas a las Oficinas de Extranjería, al que podrás acceder mediante este enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG

Bastará con cumplimentar la incidencia con los datos personales del interesado, dirigirla a la oficina de extranjería correspondiente, por ejemplo Madrid, seleccionar en consultas incidencia con mi expediente, y explicar de forma clara y concreta lo que acontece. Habrá que proporcionar datos como NIE, Nº de expediente, nombres y apellidos, fechas vinculadas, y cualquier dato que estimes importante. Al cabo de unos días recibirás respuesta sobre tu consulta. Este buzón también es válido para solicitar duplicados de la resolución cuando ha sido resuelto favorable el expediente.

 

 

Cineforo social: proyectamos «Las cartas de Alou»

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Dando continuidad a las actividades de sensibilización de la sociedad de acogida, que desarrollamos en el marco de nuestro Proyecto de Atención a Inmigrantes en España, hemos proyectado la película “Las cartas de Alou”, del cineasta Montxo Armendariz, en la ciudad de Dueñas – Palencia.

Más de cincuenta personas estuvieron presentes en la actividad, llevada a cabo el 5 de agosto pasado, y denominada Cineforo Social. Además de disfrutar del film, los asistentes pudieron participar en un ciclo de preguntas y respuestas, dirigido por el personal de ALBA.

La pieza cinematográfica de Armendariz, nos permitió reflejar la dura realidad de la inmigración subsahariana en España, y concienciar a los participantes, como parte de la sociedad de acogida que son, en este proceso tan especial en el que todos podemos sumar con nuestras acciones.

¿Cuánto tiempo debo llevar en España para solicitar la Nacionalidad por Residencia?

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Los ciudadanos africanos deben acreditar 10 años de residencia, excepto los de Guinea Ecuatorial.

 

Comunicaciones ALBA ONGD

Muchas son las personas que nos hacen esta pregunta, sobre todo cuando llevan un buen tiempo viviendo en España. Lo primero que hay que aclarar es que no es suficiente acreditar la permanencia en el país, sino que es fundamental que dicha permanencia haya sido con residencia legal, es decir que el tiempo que llevemos viviendo en España al momento de presentar la solicitud, sea con tarjeta de residencia.

Es importante aclarar que las tarjetas de estancia, como por ejemplo las obtenidas para realizar estudios, no computan para este trámite. Además se nos exigirá que el periodo de residencia a acreditar haya sido continuado, caso contrario la nacionalidad será denegada.

En el caso general, la norma exige 10 años de residencia legal para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia, sin embargo, existen algunas excepciones en las que dichos plazos son reducidos:

Un año, para nacidos en el país, el que al tiempo de la solicitud lleve un año casado con español o española, el nacido fuera de España de padre, madre, abuela o abuelo que hayan sido españoles de origen. Dos años para ciudadanos de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Portugal, Guinea Ecuatorial, y sefardíes. Y finalmente, cinco años para quienes hayan sido refugiados.

¿Qué es el Certificado Digital y cómo obtenerlo?

Podríamos decir que el Certificado Digital, es una herramienta tecnológica que nos permite la gestión de trámites ante las diversas dependencias de la administración pública, e incluso dentro del ámbito privado, acortando distancias, reduciendo plazos, y en muchos casos, eliminando la necesidad de personarse en oficinas o despachos.

 

IMPRESION PANTALLA FNMT

 

Hoy, cuando la crisis sanitaria mundial ha impuesto un nuevo modo de vida, en el que guardar la distancia física es primordial, y donde lo digital ha cobrado mayor fuerza, es indispensable contar con un certificado digital, el cual se puede obtener de forma gratuita siguiendo unos simples pasos.

Aunque existen varias formas de obtenerlo, hoy te contamos paso a paso, cómo tramitarlo mediante la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), Agencia Tributaria (AT), y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Lo primero que debes hacer es solicitar el Certificado Digital, mediante la página web de la FNMT. Es importante que previamente instales en tu ordenador, el software necesario para que el certificado funcione, dicho programa informático está disponible para ser descargado en el mismo sitio web.

Una vez realizado lo anterior, recibirás en tu correo electrónico un código, el cual deberás presentar ante la TGSS o AT, el día que acudas -con cita previa- para realizar la verificación de tu identidad y  activación del certificado (Si posees la nacionalidad española, tienes que llevar tu DNI, pero si eres extranjero deberás presentar la tarjeta de residencia y tu pasaporte, ambos en vigor).

El último paso será proceder a la descarga e instalación de tu Certificado Digital en el mismo ordenador desde el que hiciste la solicitud e instalación del software. Esto se hace mediante el área de descarga de la página web de la FNMT. Recuerda poner una contraseña que puedas recordar, y guardar una copia del certificado para que puedas echar mano de él, allí donde vayas.

 

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